Plazos CPCC PBA — Buenos Aires
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CPCC PBA — Ley 7425

Plazos Procesales CPCC PBA — Código Procesal Civil de Buenos Aires

Tabla completa de plazos procesales según el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires (CPCC PBA, Ley 7425). Todos los plazos son en días hábiles, salvo indicación en contrario.

⚠️ Importante: Los plazos se cuentan en días hábiles judiciales. No se computan sábados, domingos, feriados nacionales ni días de feria judicial (art. 152 CPCC PBA). La extensión LitigiAR calcula esto automáticamente en MEV SCBA.

Plazos principales del proceso ordinario

Acto procesalPlazoArtículo
Contestación de demanda15 díasArt. 337
Reconvención15 díasArt. 357
Contestación de reconvención15 díasArt. 357
Traslado de documentos5 díasArt. 333
Período de prueba ordinario40 díasArt. 365
Alegato6 díasArt. 482

Recursos

RecursoPlazoArtículo
Recurso de apelación5 díasArt. 244
Expresión de agravios10 díasArt. 254
Contestación de agravios10 díasArt. 254
Recurso de nulidad5 díasArt. 253
Recurso de reposición3 díasArt. 239
Recurso extraordinario ante SCBA10 díasArt. 279

Medidas cautelares

ActoPlazoArtículo
Traslado de medida cautelar5 díasArt. 198
Caución para cautelar5 díasArt. 199
Levantamiento sin tercero5 díasArt. 202

Pericial y prueba

ActoPlazoArtículo
Traslado de pericial5 díasArt. 473
Impugnación de pericial5 díasArt. 473
Absolución de posiciones5 días (citación)Art. 409
Pliego de preguntas3 días antesArt. 452

Caducidad de instancia (art. 310 CPCC PBA)

Tipo de procesoPlazo de caducidad
Proceso ordinario de primera instancia6 meses
Proceso sumarísimo / incidente3 meses
Segunda instancia o superior3 meses

La caducidad opera cuando el expediente no registra movimiento impulsado por las partes durante el plazo indicado. LitigiAR detecta automáticamente causas en riesgo de caducidad.

Feria judicial 2026 — CPCC PBA

Durante la feria judicial los plazos quedan suspendidos (art. 152 CPCC PBA). Las ferias habituales en la Provincia de Buenos Aires son:

FeriaPeríodo aproximado
Feria de veranoEnero (aprox. 1° quincena)
Feria de inviernoJulio (aprox. 2 semanas)

Como se cuentan los plazos procesales en la Provincia de Buenos Aires

El CPCC PBA (Ley 7425) establece reglas claras para el computo de plazos en los articulos 152 a 159.

Dias habiles judiciales (art. 152)

Los plazos procesales se cuentan en dias habiles judiciales. No se computan:

El plazo comienza a correr desde el dia siguiente habil a la notificacion (art. 156 CPCC PBA). Si una notificacion se practica un viernes, el plazo empieza a correr el lunes (o el siguiente dia habil).

Plazos perentorios e improrrogables (art. 155)

Salvo acuerdo de partes, todos los plazos procesales son perentorios: vencido el plazo, se pierde el derecho a realizar el acto procesal sin necesidad de declaracion judicial. Si no apelas dentro de los 5 dias, perdes el recurso automaticamente.

Plazos en meses: caducidad de instancia

A diferencia de los demas plazos, la caducidad de instancia (art. 310) se cuenta en meses calendario, no en dias habiles. Se restan los periodos de feria judicial (art. 311). Por ejemplo, 6 meses en primera instancia equivalen a aproximadamente 5 meses y medio calendario efectivos una vez descontada la feria.

Notificaciones y plazos (arts. 133-146)

Tipo de notificacionDetalleArticulo
Notificacion por ministerio de leyMartes y viernes, o dia habil siguienteArt. 133
Notificacion por cedulaSegun art. 135 (sentencias, traslados, etc.)Art. 135
Notificacion personalEn el expediente, firmada por la parteArt. 142
Edictos3 dias de publicacionArt. 145

La notificacion por ministerio de ley (automatica) opera los dias martes y viernes. Si una resolucion se dicta un lunes y no requiere notificacion por cedula, se considera notificada el martes siguiente.

Excepciones previas y defensas

Acto procesalPlazoArticulo
Oposicion de excepciones previas10 dias (con la contestacion)Art. 344
Traslado de excepciones5 diasArt. 349
Prueba en excepciones15 diasArt. 350
Resolucion de excepciones10 dias (juez)Art. 352

Incidentes

Acto procesalPlazoArticulo
Contestacion de incidente5 diasArt. 180
Prueba en incidentes15 diasArt. 181
Resolucion de incidentes10 diasArt. 184

Oficios e informes

DestinatarioPlazo de respuestaArticulo
Organismos publicos20 dias habilesArt. 396
Entidades privadas10 dias habilesArt. 396
Diligenciamiento por letradoSegun oficioArt. 398

Plazos del juez para resolver (art. 34)

Tipo de resolucionPlazo para dictarArticulo
Providencias simples3 diasArt. 34 inc. 3a
Autos interlocutorios10 diasArt. 34 inc. 3b
Sentencia (juez unipersonal)40 diasArt. 34 inc. 3c
Sentencia (tribunal colegiado)60 diasArt. 34 inc. 3c

Si el juez se excede en estos plazos, el abogado puede presentar un pedido de pronto despacho para solicitar que se dicte la resolucion pendiente.

Ejecucion de sentencia

Acto procesalPlazoArticulo
Intimacion de pago5 diasArt. 497
Impugnacion de planilla de liquidacion5 diasArt. 501
Oposicion de excepciones en ejecucion5 diasArt. 504
Recurso contra regulacion de honorarios5 diasLey 14.967

Que pasa si se vence un plazo procesal

Los plazos procesales en la Provincia de Buenos Aires son perentorios (art. 155 CPCC PBA). Al vencer, el derecho se pierde de pleno derecho:

Preguntas frecuentes sobre plazos del CPCC PBA

Cuanto tiempo tengo para contestar una demanda en la Provincia de Buenos Aires?
En el juicio ordinario, el plazo para contestar la demanda es de 15 dias habiles desde la notificacion del traslado (art. 337 CPCC PBA). En juicios especiales como el sumarisimo, el plazo es de 5 dias (art. 496 inc. 1). Si se reconviene, el actor tiene otros 15 dias para contestar la reconvencion.
Que pasa si se me vence el plazo para apelar?
Si no presentas el recurso de apelacion dentro de los 5 dias habiles desde la notificacion (art. 244 CPCC PBA), la resolucion queda firme. No hay excepciones salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditado.
Los plazos corren durante la feria judicial?
No. Durante la feria judicial (enero y julio) todos los plazos procesales quedan suspendidos (art. 152 CPCC PBA). Las medidas cautelares y habilitaciones de feria son la excepcion.
Cuanto dura la caducidad de instancia en Buenos Aires?
Segun el art. 310 CPCC PBA: 6 meses en primera instancia, 3 meses en segunda instancia o incidentes. En ejecucion de sentencia la caducidad generalmente no procede, salvo en incidentes (art. 313 CPCC PBA). Se cuentan en meses calendario descontando feria judicial.
Cual es la diferencia entre dias habiles y dias corridos en el CPCC PBA?
En el CPCC PBA casi todos los plazos son en dias habiles judiciales (art. 152). Los dias corridos solo se usan para caducidad de instancia (meses calendario) y plazos del Codigo Civil y Comercial (como la prescripcion).

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